El BOE de 1 de marzo de 2023 publica la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Nuevos colectivos prioritarios para el fomento de empleo, el SEPE se transforma en la Agencia Española de Empleo, mayor control por parte de la Inspección de Trabajo para los despidos colectivos e inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional entre otras novedades.
La Ley nace con el objeto de corregir las debilidades estructurales y para reducir el desempleo y el paro juvenil.
El fin de la Ley de Empleo es reducir la tasa de desempleo de mujeres y hombres a menos de la mitad y alcanzar una tasa de empleo similar a la de los países más avanzados de Europa y reducir progresivamente las brechas de género.
Agencia Española del Empleo
Una de las novedades de la Ley de Empleo es que se transforma el SEPE en la Agencia Española de Empleo. De esta manera, se moderniza el Portal Único de Empleo mediante el uso de inteligencia artificial y otras herramientas para mejorar la eficacia y la eficiencia de la adecuación entre la oferta y la demanda.
La gran diferencia de la Agencia Española del Empleo respecto al SEPE es la incorporación de las empresas a su funcionamiento. Es decir, se tendrán en cuenta las necesidades de las empresas y los modelos de producción de las mismas para adecuar la formación a los trabajadores y trabajadoras.
El funcionamiento será el siguiente: la empresa va a comunicar la vacante de empleo a la Agencia Española del Empleo para que puedan conocer cuáles son las necesidades y adaptar la formación para responder a éstas.
Asimismo, se prevé que en el plazo de un año se constituya una Oficina de Análisis del Empleo, que será la encarga de estudiar, investigar y asesorar sobre el diseño de las actividades formativas para mejorar el acceso al empleo.
Objetivos de Agencia Española de Empleo
• Favorecer las condiciones para la generación de mercados de trabajo inclusivos garantizando la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el acceso al empleo.
• Impulsar la creación de empleos de calidad y estables.
• Mantener el empleo y la progresión profesional de las personas ocupadas, mediante la mejora y la actualización de sus cualificaciones a través de la formación en el trabajo.
• Ampliar las competencias, habilidades y empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas.
• Prestar una mayor atención a colectivos prioritarios para las políticas de empleo.
• Adecuar la oferta y demanda de empleo, mediante la implementación de servicios de intermediación y colocación eficientes orientados a la prospección y captación de ofertas de trabajo.
• Garantizar la protección de datos personales y los derechos digitales de las personas usuarias.
• Promover la movilidad funcional y sectorial, favoreciendo el tránsito hacia profesiones y actividades en proceso de crecimiento.
• Acompañar de manera personal e individualizada durante los procesos de inserción en el mercado laboral y de transición entre formación y empleo o entre empleos.
• Favorecer la integración social de la población inmigrante.
Colectivos de atención prioritaria
Se van a considerar colectivos vulnerables y, por tanto, de atención prioritaria los jóvenes (menores de 30 años o beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil), en especial, aquellos que tengan una baja cualificación.
También, personas que estén en situación de desempleo de larga duración, personas con discapacidad reconocida, personas con discapacidad intelectual límite y con trastorno del espectro autista.
Además, se considerarán personas vulnerables aquellas pertenecientes al colectivo LGTBI, mayores de 45 años, migrantes, personas beneficiarias o solicitantes de cualquier fórmula de protección internacional, minorías étnicas o personas que estén en procesos de reestructuración (como un ERE).
De la misma manera, serán colectivos vulnerables las mujeres con baja cualificación y mujeres víctimas de violencia de género.
El fin de la Ley de Empleo es mejorar y favorecer el acceso al mercado laboral de personas que formen parte de alguno de estos colectivos.
Perspectiva de género en la Ley de Empleo
Las actuaciones de la Agencia Española de Empleo van a promover la igualdad de oportunidades laborales entre hombres y mujeres con el objeto de eliminar la discriminación a la hora de acceder a un puesto de trabajo.
Catálogo de servicios común
Todas las personas que estén buscando empleo de manera activa van a poder disfrutar de tutorización individual y un asesoramiento continuado. También de un itinerario y de igualdad en el acceso a cualquier empleo de todo el territorio español en igualdad de condiciones.
Únicamente van a poder establecer condiciones como la residencia o el empadronamiento programas de apoyo al empleo local. Es decir, todas las personas van a poder disfrutar de itinerario individuales y personalizados de empleo, ajustadas al perfil profesional y a las necesidades específicas.
En el artículo 61 de la Ley 3/2023 se establecen los servicios incluidos en la cartera común del Sistema Nacional de Empleo que se clasifican en:
• Servicios de orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva.
• Servicios de intermediación, colocación y asesoramiento a empresas.
• Servicios de formación en el trabajo.
• Servicios de asesoramiento para el autoempleo, el emprendimiento viable y la dinamización del desarrollo económico local.
Mayor dificultad para los ERE
La Ley de Empleo va a suponer una dificultad extra para las empresas que quieran realizar un ERE. Todas las compañías que realicen un ERE van a tener que detallar en una memoria explicativa cuáles son las causas del despido.
Después, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitirá un informe en el que se pronunciará sobre la concurrencia de las causas alegadas por la empresa.
De esta manera, la Inspección de Trabajo va a tener un mayor control en los despidos colectivos.
Prestación por desempleo
La nueva Ley de Empleo introduce cambios en la prestación contributiva y asistencial de desempleo. Para acceder a la prestación por desempleo las personas deberán:
• Adquirir la condición de persona demandante de servicios de empleo.
• Suscribir un acuerdo de actividad que recogerá los derechos y obligaciones entre la persona demandante de los servicios públicos de empleo y la nueva Agencia Española de Empleo.
• Comprometerse a aceptar una colocación adecuada.
• Estar en búsqueda activa de empleo.
Mejora de la inembargabilidad del SMI
La subida del SMI 2023 hasta 1.080 euros va a ser inembargable.
Si al salario mensual se le añade la paga extra, el límite de inembargabilidad será el doble del importe del salario mínimo.
En el caso de que solo se incluya una parte de la paga, entonces la inembargabilidad será el salario anual prorrateado en 12 meses.
Publicada la nueva Ley de Empleo
El BOE de 1 de marzo de 2023 publica la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Nuevos colectivos prioritarios para el fomento de empleo, el SEPE se transforma en la Agencia Española de Empleo, mayor control por parte de la Inspección de Trabajo para los despidos colectivos e inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional entre otras novedades.
La Ley nace con el objeto de corregir las debilidades estructurales y para reducir el desempleo y el paro juvenil.
El fin de la Ley de Empleo es reducir la tasa de desempleo de mujeres y hombres a menos de la mitad y alcanzar una tasa de empleo similar a la de los países más avanzados de Europa y reducir progresivamente las brechas de género.
Agencia Española del Empleo
Una de las novedades de la Ley de Empleo es que se transforma el SEPE en la Agencia Española de Empleo. De esta manera, se moderniza el Portal Único de Empleo mediante el uso de inteligencia artificial y otras herramientas para mejorar la eficacia y la eficiencia de la adecuación entre la oferta y la demanda.
La gran diferencia de la Agencia Española del Empleo respecto al SEPE es la incorporación de las empresas a su funcionamiento. Es decir, se tendrán en cuenta las necesidades de las empresas y los modelos de producción de las mismas para adecuar la formación a los trabajadores y trabajadoras.
El funcionamiento será el siguiente: la empresa va a comunicar la vacante de empleo a la Agencia Española del Empleo para que puedan conocer cuáles son las necesidades y adaptar la formación para responder a éstas.
Asimismo, se prevé que en el plazo de un año se constituya una Oficina de Análisis del Empleo, que será la encarga de estudiar, investigar y asesorar sobre el diseño de las actividades formativas para mejorar el acceso al empleo.
Objetivos de Agencia Española de Empleo
• Favorecer las condiciones para la generación de mercados de trabajo inclusivos garantizando la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el acceso al empleo.
• Impulsar la creación de empleos de calidad y estables.
• Mantener el empleo y la progresión profesional de las personas ocupadas, mediante la mejora y la actualización de sus cualificaciones a través de la formación en el trabajo.
• Ampliar las competencias, habilidades y empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas.
• Prestar una mayor atención a colectivos prioritarios para las políticas de empleo.
• Adecuar la oferta y demanda de empleo, mediante la implementación de servicios de intermediación y colocación eficientes orientados a la prospección y captación de ofertas de trabajo.
• Garantizar la protección de datos personales y los derechos digitales de las personas usuarias.
• Promover la movilidad funcional y sectorial, favoreciendo el tránsito hacia profesiones y actividades en proceso de crecimiento.
• Acompañar de manera personal e individualizada durante los procesos de inserción en el mercado laboral y de transición entre formación y empleo o entre empleos.
• Favorecer la integración social de la población inmigrante.
Colectivos de atención prioritaria
Se van a considerar colectivos vulnerables y, por tanto, de atención prioritaria los jóvenes (menores de 30 años o beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil), en especial, aquellos que tengan una baja cualificación.
También, personas que estén en situación de desempleo de larga duración, personas con discapacidad reconocida, personas con discapacidad intelectual límite y con trastorno del espectro autista.
Además, se considerarán personas vulnerables aquellas pertenecientes al colectivo LGTBI, mayores de 45 años, migrantes, personas beneficiarias o solicitantes de cualquier fórmula de protección internacional, minorías étnicas o personas que estén en procesos de reestructuración (como un ERE).
De la misma manera, serán colectivos vulnerables las mujeres con baja cualificación y mujeres víctimas de violencia de género.
El fin de la Ley de Empleo es mejorar y favorecer el acceso al mercado laboral de personas que formen parte de alguno de estos colectivos.
Perspectiva de género en la Ley de Empleo
Las actuaciones de la Agencia Española de Empleo van a promover la igualdad de oportunidades laborales entre hombres y mujeres con el objeto de eliminar la discriminación a la hora de acceder a un puesto de trabajo.
Catálogo de servicios común
Todas las personas que estén buscando empleo de manera activa van a poder disfrutar de tutorización individual y un asesoramiento continuado. También de un itinerario y de igualdad en el acceso a cualquier empleo de todo el territorio español en igualdad de condiciones.
Únicamente van a poder establecer condiciones como la residencia o el empadronamiento programas de apoyo al empleo local. Es decir, todas las personas van a poder disfrutar de itinerario individuales y personalizados de empleo, ajustadas al perfil profesional y a las necesidades específicas.
En el artículo 61 de la Ley 3/2023 se establecen los servicios incluidos en la cartera común del Sistema Nacional de Empleo que se clasifican en:
• Servicios de orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva.
• Servicios de intermediación, colocación y asesoramiento a empresas.
• Servicios de formación en el trabajo.
• Servicios de asesoramiento para el autoempleo, el emprendimiento viable y la dinamización del desarrollo económico local.
Mayor dificultad para los ERE
La Ley de Empleo va a suponer una dificultad extra para las empresas que quieran realizar un ERE. Todas las compañías que realicen un ERE van a tener que detallar en una memoria explicativa cuáles son las causas del despido.
Después, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitirá un informe en el que se pronunciará sobre la concurrencia de las causas alegadas por la empresa.
De esta manera, la Inspección de Trabajo va a tener un mayor control en los despidos colectivos.
Prestación por desempleo
La nueva Ley de Empleo introduce cambios en la prestación contributiva y asistencial de desempleo. Para acceder a la prestación por desempleo las personas deberán:
• Adquirir la condición de persona demandante de servicios de empleo.
• Suscribir un acuerdo de actividad que recogerá los derechos y obligaciones entre la persona demandante de los servicios públicos de empleo y la nueva Agencia Española de Empleo.
• Comprometerse a aceptar una colocación adecuada.
• Estar en búsqueda activa de empleo.
Mejora de la inembargabilidad del SMI
La subida del SMI 2023 hasta 1.080 euros va a ser inembargable.
Si al salario mensual se le añade la paga extra, el límite de inembargabilidad será el doble del importe del salario mínimo.
En el caso de que solo se incluya una parte de la paga, entonces la inembargabilidad será el salario anual prorrateado en 12 meses.
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